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¡Empresario es hora de liderar!

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Participe en las elecciones de junta directiva 2026-2029 de las cámaras de comercio del país.

¿Qué necesita para elegir y ser elegido?

1. Adquirir la calidad de afiliado en la cámara de comercio a más tardar el 1 de abril de 2024 y conservar ininterrumpidamente dicha calidad hasta el primer jueves hábil del mes de diciembre del año de la elección.

2. Cumplir con todos los requisitos del artículo 12 de la ley 1727 de 2014 y el artículo 19 de código de comercio:

  • Mínimo 2 años consecutivos de matriculados en cualquier cámara de comercio.
  • Haber ejercido durante este plazo la actividad mercantil.
  • Haber cumplido en forma permanente sus obligaciones como comerciante, incluida la renovación oportuna de la matrícula mercantil.
  • Si es persona jurídica, inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
  • Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
  • Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.

3. Cumplir con todas las condiciones del artículo 13 de la ley 1727 de 2014.

  • Manteniendo su estatus como afiliado y comerciante podrá hacer parte del cambio y de las juntas directivas de las cámaras de comercio.

 

¿Qué beneficios recibe al ser Afiliado?

  • Poder elegir y ser elegido como miembro de la junta directiva de la cámara de comercio, para participar en las decisiones para el crecimiento de la economía regional.
  • Participar en programas de las cámaras de comercio.
  • Acceder gratuitamente a las publicaciones que determine cada cámara de comercio.
  • Obtener gratuitamente las certificaciones derivadas de su registro mercantil sin que exceda la cuota de afiliación.

 

¡Consulte la ley 1727 de 2014 o acérquese a la cámara de comercio más cercana y pregunte como ser afiliado!

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