Examinando nuestros registros encontramos que la entidad sin ánimo de lucro no ha cumplido con la obligación de renovar su registro, en el lapso de los últimos cuatro (4) años, es decir, entre los años 2020 al 2023.
Con esta comunicación queremos invitarlo a ponerse al día y renovar oportunamente el registro incluido el año 2023, para evitar de esta manera la disolución y liquidación de la entidad y así, continuar apoyando la formalización de las actividades empresariales en Colombia y el fortalecimiento de la base empresarial del País.
Según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, por medio de la cual se ordena la depuración de los Registros Públicos incorporados en el Registro Único Empresarial y Social – RUES, las Cámaras de Comercio no tienen atribución para omitir su cumplimiento.