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Depuración Personas Jurídicas

Señor empresario

Examinando nuestros registros encontramos que la sociedad no ha cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil, en el lapso de los últimos cuatro (4) años, es decir, entre los años 2020 al 2023. Con esta comunicación queremos invitarlo a ponerse al día y renovar oportunamente la matrícula mercantil incluido el año 2024, para evitar de esta manera la disolución y liquidación de la empresa y así, continuar apoyando la formalización de las actividades empresariales en Colombia y el fortalecimiento de la base empresarial del País.

Con la renovación oportuna de la matrícula se podrá acceder, a los programas y beneficios que la Cámara de Comercio tiene dispuestos para los empresarios, según la información publicada en la página web. Igualmente podrá acceder a la información del RUES de forma gratuita con el fin de ubicar proveedores, potenciales clientes y realizar gestión comercial.

Según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, por medio de la cual se ordena la depuración de los Registros Públicos incorporados en el Registro Único Empresarial y Social – RUES, las Cámaras de Comercio no tienen atribución para omitir su cumplimiento.

 

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